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by gcisnero54
on 3/10/10
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YA ERA HORA! : MUD apoya impugnaciones en el circuito 5 de Carabobo
Posted by: "Mery" mary1marti@gmail.com lolyn3
Sat Oct 2, 2010 6:48 am (PDT)


YA ERA HORA! SE HICIERON DE ROGAR!

http://www.prensaes crita.com/ adiario.php? codigo=VEN& pagina=http: //www.notitarde. com

Ramón Guillermo Aveledo respalda a Prove en Carabobo
MUD apoya impugnaciones en el circuito 5 de Carabobo

Caracas, octubre 1 *(Corresponsalí a)*.- El secretario ejecutivo de la Mesa
de la Unidad Democrática (MUD), Ramón Guillermo Aveledo, pidió al Estado
venezolano "ponerse a derecho", a raíz del resultado de las elecciones
parlamentarias, celebradas el pasado 26 de septiembre, y apoyó las denuncias
de Proyecto Venezuela para impugnar los resultados en el circuito 5 de
Carabobo.

Aveledo recordó que a Biagio Pilieri y a José Sánchez "Mazuco", diputados
electos en los estados Yaracuy y Zulia, respectivamente; se les debe
respetar su inmunidad parlamentaria, consagrada en la Constitución. "Ellos
deben ser liberados porque les corresponde esa libertad. En esto no puede
haber dilaciones, es una cuestión de orden público, el Gobierno no puede
interferir y los tribunales deben actuar", insistió.

En cuanto al caso de los candidatos de la Unidad por el circuito 5 del
estado Carabobo: Julio Castillo, Noé Mujica y Eduardo Pino; Aveledo pidió
que fueran analizadas seriamente las evidencias que estos presentan, al
tiempo que aseguró que los diputados de esa circunscripció n por el Partido
Socialista Unido de Venezuela no debieron ser proclamados con tantas dudas e
inconsistencias en las actas de escrutinio y de verificación.

"Nosotros estamos actuando con mucha prudencia. Ellos entregaron su
documento en la Junta Electoral regional de Carabobo, presentaron, con
respaldo nuestro, al rector Vicente Díaz las evidencias que traen. Nosotros
vamos a persistir en este camino, los vamos a respaldar, por supuesto; para
que se vea, se analice, voto a voto, centro por centro, este resultado",
agregó.

Respecto al planteamiento del diputado del Partido Socialista, Saúl Ortega,
de designar este año a nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia,
Aveledo recordó que a los magistrados se les vence el período en 2012, y que
de renunciar alguno debe asumir el suplente. "No hay ningún motivo real, ni
ningún fundamento constitucional para hacer esa elección. Eso muestra un
camino muy malo, un camino muy negativo, de desconocimiento del mandato
popular y de violación de la Constitución" .

El dirigente de la MUD indicó que se debe pensar muy bien antes de tomar una
decisión porque "a todas luces son insensatos".

Por su parte, los diputados electos William Ojeda (Asamblea Nacional) y
Delsa Solórzano (Parlatino), indicaron que se abocarán a trabajar en la
revisión de la Ley de Hacienda Pública Estadal y promover las leyes del
Primer Empleo, Participación Ciudadana, Seguridad Social Integral y de
Desarme. "Ahora realizamos visitas comunitarias, y pondremos en
funcionamiento 'oficinas digitales' para responderle a la gente".

--
Es extraña la ligereza con que los malvados creen que todo les saldrá bien.
- Victor Hugo -

CONSTITUCIÓN de la República Bolivariana de Venezuela:

Artículo 57. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus
pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante
cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier
medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quien
haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado.
No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes
discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.Se prohibe
la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar
cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.

Artículo 25. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o
menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo,
y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o
ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según
los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
http://www.tsj. gov.ve/legislaci on/constitucion1 999.htm

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